vendredi 28 mars 2025

CRUZANDO FRONTERAS 2025-26

 Cruzando Fronteras es un programa franco-aragonés de inmersión lingüística de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ministerio de Educación francés que propone un intercambio escolar entre centros de la Académie de Toulouse (región de Occitania) y centros de Aragón para alumnos de 4º de ESO que estén cursando lengua francesa y alumnos franceses del mismo nivel en Francia (Seconde).

 

Este programa tiene las siguientes características:

·       Cada centro puede proponer 2 candidatos y 3 más como reserva, priorizados según el baremo propuesto en el programa.

 

·            Los alumnos aragoneses cursarán seis semanas del 3 de noviembre al 12 de diciembre de 2025 en un centro de la Académie de Toulouse estando alojados en familia y del 14 de abril al 22 de mayo de 2026 vendrán sus corresponsales para ser acogidos aquí.

 

·       El régimen de estancia se realiza en familia en régimen de reciprocidad, siendo la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente quien realice el emparejamiento según las características personales y familiares del alumno.

 

·       Las familias se harán cargo del transporte de sus respectivos hijos al inicio y al final de la estancia.

 

·       Los centros, aragoneses y franceses, se encargarán de que los alumnos cursen materias similares a las de su centro de origen. Y se reconocerá la validez de los aprendizajes realizados por el alumnado en el país de acogida.

 

·       Los centros de acogida realizarán planificación de apoyo y refuerzo del alumnado que recibe, así como unas actividades destinadas a facilitar la reincorporación de los alumnos de Aragón una vez terminada su estancia en Francia.

 

·       La familia deberá suscribir una póliza de accidentes y de responsabilidad civil para su hijo mientras esté en Francia.

 

·       En cada país habrá un profesor tutor que se responsabilice del desarrollo y seguimiento del programa.

 

·       Una vez comenzado el programa el alumno no podrá abandonarlo salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.

 

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